El Blog del peregrino católico

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El Gobierno de México eliminó el requisito de visado a los ciudadanos ecuatorianos que decidan visitar ese país para efectuar actividades no remuneradas, que incluyen turismo, participación en actividades académicas, entre otras. La decisión se anunció a finales de noviembre del año pasado, en la publicación del Diario Oficial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos. 

Esta disposición entró en vigor de inmediato para los ciudadanos ecuatorianos portadores de pasaportes ordinarios y que permanezcan en México, hasta por seis meses, para cumplir actividades no remuneradas. Mientras que, los portadores de pasaportes oficiales y de servicio tampoco requerirán visa para ingresar a México, gracias al convenio bilateral acordado. 

Sin embargo se debe tener presente que hay que cumplir ciertos requisitos:

1.- Que el ciudadano ecuatoriano tenga vigente el pasaporte y cuente con el formulario migratorio múltiple, con los respectivos datos. 

2.- Que se indique el motivo por el que viaja a México a través de documentos como la reserva del hotel, boletos de itinerarios o los billetes de regreso a Ecuador. 

3.- Si se trata de una comisión de servicios se requiere de una carta en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera, indicando que el extranjero es empleado y que el pago de servicios que prestará en territorio nacional correrá por su cuenta. 

4.- En el caso de que el ciudadano acuda a México para participar en alguna actividad no remunerada, se requerirá tener una carta de invitación de la organización o institución pública o privada en la que se indique el objeto y tiempo estimado de su estadía en el país. 

5.- Al tratarse de cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación, se deberá poseer una carta de invitación o de aceptación de alguna institución del sistema educativo nacional, y la estadía nunca podría sobrepasar los 180 días. 

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